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Legislación › Real Decreto 181/1993, de 9 de febrero, sobre integración de los médicos del Registro Civil y de los procedentes de la extinguida Escala de Médicos de la Obra de Protección de Menores, pertenecientes a la Escala de Médicos de Organismos Autónomos del Ministerio de Justicia, en el Cuerpo de Médicos Forenses.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

Se faculta a los Ministros de Justicia y para las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las disposiciones de desarrollo del presente Real Decreto y adoptar las medidas necesarias para asegurar el correcto funcionamiento de estos servicios.

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