Legislación › Real Decreto 49/1993, de 15 de enero, relativo a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios de los productos de origen animal.
ANEXO A
ANEXO A
CAPÍTULO I
Real Decreto 1976/2004, de 1 de octubre, por el que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano.
Reglamento (CE) n.º 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
CAPÍTULO II
Real Decreto 2551/1994, de 29 de diciembre, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal y sanitarias aplicables a los intercambios e importaciones de productos no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normas específicas en el capítulo I del anexo A del Real Decreto 49/1993, de 15 de enero, y, por lo se refiere a los agentes patógenos, en el Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre.
Reglamento (CE) n.º 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano, y Real Decreto 1429/2003, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano.
Se modifica por el art. único de la Orden PRE/1764/2006, de 5 de junio. BOE-A-2006-10082.
Se modifica el apartado 8 del capítulo I por la disposición adicional 3 del Real Decreto 1916/1997, de 19 de diciembre. BOE-A-1998-551.
Se modifica por la disposición adicional 3 y anexo III del Real Decreto 2551/1994, de 29 de diciembre. BOE-A-1995-3553.
Se modifica el apartado 2 por la disposición adicional 3 del Real Decreto 2087/1994, de 20 de octubre. BOE-A-1994-27906.
Se modifica el apartado 23 por la disposición adicional 2 del Real Decreto 2044/1994, de 14 de octubre. BOE-A-1994-27474.
Se modifica el apartado 14 por la disposición adicional 3 del Real Decreto 1679/1994, de 22 de julio. BOE-A-1994-20998.
Se modifica el apartado 10 por la disposición adicional 2 del Real Decreto 1543/1994, de 8 de julio. BOE-A-1994-20091.
Se modifica el apartado 12 por la disposición adicional 2 del Real Decreto 1904/1993, de 29 de octubre. BOE-A-1994-3253.
Téngase en cuenta para su aplicación en las Islas Canarias lo dispuesto en la disposición final 2.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de junio de 2006 En vigor | BOE-A-2006-10082 | Leer | Qué cambió |
| 14 de enero de 1998 | BOE-A-1998-551 | Leer | Qué cambió |
| 11 de febrero de 1995 | BOE-A-1995-3553 | Leer | Qué cambió |
| 18 de diciembre de 1994 | BOE-A-1994-27906 | Leer | Qué cambió |
| 15 de diciembre de 1994 | BOE-A-1994-27474 | Leer | Qué cambió |
| 25 de septiembre de 1994 | BOE-A-1994-20998 | Leer | Qué cambió |
| 10 de septiembre de 1994 | BOE-A-1994-20091 | Leer | Qué cambió |
| 12 de febrero de 1994 | BOE-A-1994-3253 | Leer | Qué cambió |
| 28 de febrero de 1993 | Texto original | Leer |


