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Legislación › Ley 1/1993, de 14 de enero, de Reordenación de Funciones y Organización del Organismo Autónomo Instituto de la Vivienda de Madrid.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

Se faculta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para que algunas de las funciones del Instituto de la Vivienda de Madrid puedan ser desarrolladas mediante las figuras incluidas en el artículo 2, apartado 2, letra c), de la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, manteniendo en cualquier caso la persistencia del Organismo Autónomo.

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