Legislación › Real Decreto 480/1993, de 2 de abril, por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios de la Administración Local.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. Quedan derogadas, a partir de la fecha de integración a que se refiere el artículo 1 de este Real Decreto:
a) La Ley 11/1960, de 12 de mayo, sobre creación de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local, en la redacción dada por el Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, salvo sus disposiciones adicionales primera, tercera, cuarta y quinta y con la particularidad de lo establecido en la disposición adicional tercera.
b) Orden de 9 de diciembre de 1975 por la que se revisan los Estatutos de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local.
c) Real Decreto 2175/1978, de 25 de agosto, por el que se establece el cómputo recíproco de cotizaciones entre la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local y diversos Regímenes de la Seguridad Social.
2. Igualmente quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.
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