LexTotal

Legislación › Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994.

Artículo 55.

Artículo 55.

La Mesa de la Comisión General de las Comunidades Autónomas estará integrada por un Presidente, dos Vicepresidentes y cuatro Secretarios, observándose para su elección las mismas normas establecidas para la elección de la Mesa del Senado.

Si ningún Grupo parlamentario se opone, la propuesta para cubrir los puestos se podrá aprobar por asentimiento, sin necesidad de proceder a la votación por papeletas. No obstante la aprobación por asentimiento, se podrán manifestar las posiciones de voto.

Se añade un párrafo al final por el art. único.41 de la Reforma del Reglamento de 12 de noviembre de 2025. BOE-A-2025-23055

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de noviembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-23055 Leer Qué cambió
10 de mayo de 1994 Texto original Leer

← Artículo 54 Índice Artículo 56 →