Legislación › Ley 15/1993, de 28 de diciembre, por la que se crea el Centro de Telecomunicaciones de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 1. Creación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1994 y la del 11 de abril de 1996.
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Artículo 1. Creación.
1. Se crea el Centro de Telecomunicaciones de la Generalidad de Cataluña (CTGC) como entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, la cual, como empresa pública, ajusta su actividad al ordenamiento jurídico privado, con las excepciones que señala la presente Ley y, en su caso, las del Reglamento que la desarrolle.
2. El centro se rige por la presente Ley, por la Ley 4/1985, del Estatuto de la empresa pública catalana, por sus Estatutos y por las demás leyes y disposiciones que le sean de aplicación.
3. El centro Centro goza de autonomía funcional y de gestión y está estará adscrito al Departamento de Presidencia departamento que determine el Gobierno de la Generalidad.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de mayo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-5569 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2009-1257 | Leer | Qué cambió |
| 11 de abril de 1996 | BOE-A-1996-10307 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1994 | Texto original | Leer |


