Legislación › Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España.
Artículo 10. Información y control en materia de política monetaria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de junio de 1994 y la del 1 de enero de 1999.
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Artículo 10. Información y control en materia de política monetaria.
1. Al menos anualmente, y siempre que se produzcan cambios significativos, el Banco de España hará públicos los objetivos generales de la política monetaria que establezca y los procedimientos de instrumentación previstos. El Banco de España
2.dará cuenta informará regularmente a las Cortes Generales y al Gobierno de los objetivos y ejecución de la política monetaria, debiendo informarles, en su caso, sin perjuicio de los obstáculos que dificultan a ésta lo dispuesto en el mantenimiento de la estabilidad artículo 107 del Tratado y de precios. las reglas sobre secreto profesional del BCE.
A tal efecto, el Gobernador del Banco podrá ser convocado, de conformidad con los Reglamentos parlamentarios, a cualesquiera de las Comisiones del Congreso o del Senado o mixtas de ambas Cámaras, así como ser convocado para que asista con tal finalidad a las reuniones del Consejo de Ministros o a las de su Comisión Delegada para Asuntos Económicos. Sin perjuicio de ello, ni el Gobierno ni ningún otro órgano podrán dar instrucciones al Banco de España sobre los objetivos o la ejecución de la política monetaria.
3. 2. Asimismo, el Gobernador del Banco de España podrá ser convocado a las reuniones del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas a que se refiere el artículo 3 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, para que, con el fin de facilitar el ejercicio de las tareas de coordinación financiera atribuidas al citado Consejo, informe en relación con la política monetaria, los mercados financieros y el sistema crediticio, u otras materias relevantes de la competencia del Banco.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1999 En vigor | BOE-A-1998-10047 | Leer | Qué cambió |
| 3 de junio de 1994 | Texto original | Leer |


