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Legislación › Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

Los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamentos de la Generalitat pueden dotarse de personal técnico especializado de carácter laboral, destinado a cumplir tareas de ayuda al Cuerpo de Bomberos, el cual debe superar los cursos de capacitación que se establezcan.

Se modifica por el art. 7 del Decreto-ley 14/2025, de 15 de julio de 2025. BOE-A-2025-16907

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de julio de 2025 En vigor BOE-A-2025-16907 Leer Qué cambió
19 de mayo de 1994 Texto original Leer

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