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Legislación › Ley 2/1994, de 24 de mayo, de Artesanía.

Disposición final tercera.

Disposición final tercera.

La presente Ley será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de La Rioja», siendo la fecha de su entrada en vigor la del día siguiente al de la última de dichas publicaciones.

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