Legislación › Ley 2/1994, de 24 de mayo, de Artesanía.
Disposición final tercera.
Disposición final tercera.
La presente Ley será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de La Rioja», siendo la fecha de su entrada en vigor la del día siguiente al de la última de dichas publicaciones.


