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Legislación › Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León.

Artículo 38. Contratación de servicios.

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Artículo 38. Contratación de servicios.
Para la realización de «Campañas de Saneamiento Ganadero», o «Programas Especiales de Acción Sanitaria», la Consejería de Agricultura y Ganadería podrá contratar los servicios de facultativos para que colaboren en dichas actividades. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de julio de 2024 En vigor BOE-A-2024-15101 Leer Qué cambió
16 de junio de 1994 Texto original Leer

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