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Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León.
En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 18 de junio de 1994 · Último cambio el 24 de junio de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Órganos y personal competente. 2 redacciones · cambió el 24/06/2024
- Artículo 4. Órgano colegiado de carácter asesor en materia de sanidad animal. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 5.
- Artículo 6. Obligaciones de los titulares.
- Artículo 7. Identificación animal.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Cartilla de Explotación Ganadera. 2 redacciones · cambió el 26/12/2009
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Registros. 2 redacciones · cambió el 26/12/2009
- TÍTULO III
- Artículo 10. Definición.
- Artículo 11. Descripción.
- CAPÍTULO I
- Artículo 12. Notificación obligatoria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. Visita, comprobación y actuaciones.
- Artículo 14. Diagnóstico, laboratorios e información epidemiológica.
- Artículo 15. Inmovilización y aislamiento.
- CAPÍTULO III
- Artículo 16. Declaración oficial de la enfermedad.
- Artículo 17. Extinción oficial de la enfermedad.
- Artículo 18. Planes de alerta sanitaria.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 19. Establecimiento de planes de vacunación y tratamiento. Indemnizaciones
- Artículo 20. Regulación de vacunaciones y tratamientos voluntarios.
- CAPÍTULO V
- Artículo 21. Documentación para el traslado.
- Artículo 22. Detención, aislamiento y observación de animales indocumentados.
- Artículo 23. Vehículos de transporte.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 24. Autorización y medidas preventivas.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 25. Obligaciones y prohibiciones.
- Artículo 26. Centros de tratamiento de cadáveres.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 27. Desinfección, desparasitación y prácticas similares.
- Artículo 28. Acciones complementarias en extinción de focos.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 29. Condiciones de explotación de los animales.
- Artículo 30. Distancias.
- Artículo 31. Densidad ganadera.
- Artículo 32. Pastoreo.
- Artículo 33. Control de vectores y reservorios.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 34. Atribuciones.
- Artículo 35. Campañas de saneamiento ganadero.
- Artículo 36. Programas Especiales de Acción Sanitaria.
- Artículo 37. Garantías sanitarias.
- Artículo 38. Contratación de servicios. 2 redacciones · cambió el 24/06/2024
- Artículo 39. Declaración de municipios saneados.
- Artículo 40. Repoblación de explotaciones saneadas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 41. Ordenación.
- Artículo 42. Exclusiones a la percepción de indemnizaciones. 2 redacciones · cambió el 26/12/2009
- Artículo 43. Incentivos a la reposición.
- CAPÍTULO III
- Artículo 44. Definiciones y ayudas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 45. Coordinación.
- CAPÍTULO V
- Artículo 46. Procedimiento.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 47. Obtención de estirpes.
- TÍTULO V
- Artículo 48. Red de Laboratorios de Sanidad Animal.
- Artículo 49. Red de Vigilancia Epidemiológica.
- TÍTULO VI
- Artículo 50. Investigación, experimentación y especialización.
- Artículo 51. Formación y divulgación.
- TÍTULO VII
- Artículo 52. Responsabilidades.
- Artículo 53. Procedimiento sancionador. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
- Artículo 54. Calificación. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
- Artículo 55. Infracciones administrativas. 4 redacciones · cambió el 06/07/2017
- Artículo 56. Sanciones y graduación. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
- Artículo 57. Prescripción. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
- Artículo 58. Competencia. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
- Disposición adicional primera. Reproducción animal.
- Disposición adicional segunda. Productos zoosanitarios.
- Disposición adicional tercera. Ejecución subsidiaria de acciones sanitarias.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
- [firma]


