Legislación › Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Artículo 101. Libro de Matrícula del Personal.
Artículo 101. Libro de Matrícula del Personal.
(Derogado)
Se deroga por el art. 37.2 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. BOE-A-2001-24965.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2002 En vigor | BOE-A-2001-24965 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 1994 | Texto original | Leer |


