Legislación › Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Artículo 217. Cuantía del subsidio.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de marzo de 2007 y la del 15 de julio de 2012.
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Artículo 217. Cuantía del subsidio.
1. La cuantía del subsidio por desempleo será igual al 80 por 100 del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual, mensual vigente en cada momento. En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial también parcial, dicha cuantía se percibirá la cuantía antes indicada. en proporción a las horas previamente trabajadas en los supuestos previstos en los párrafos a) y b) del apartado 1.1, y en los apartados 1.2 y 1.3 del artículo 215.
2. No obstante lo anterior, la cuantía del subsidio especial para mayores de 45 años a que se refiere el apartado 1.4 del artículo 215 se determinará en función de las responsabilidades familiares del trabajador, apreciadas conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del citado artículo, de acuerdo con los siguientes porcentajes del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente en cada momento:
a) 80 por ciento, cuando el trabajador tenga uno o ningún familiar a su cargo.
b) 107 por ciento, cuando el trabajador tenga dos familiares a su cargo.
c) 133 por ciento, cuando el trabajador tenga tres o más familiares a su cargo.
3. Las cuantías señaladas en el apartado anterior serán asimismo aplicables durante los seis primeros meses a los desempleados que pasen a percibir el subsidio previsto para mayores de cincuenta y dos años, años(*), a que se refiere el apartado 1.3 del artículo 215 y el apartado 3 del artículo 216, siempre que reúnan los requisitos exigidos para acceder al citado subsidio especial.
(*) Actualmente, el apartado 1.3 del art. 215 se refiere a mayores de 55 años.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de julio de 2012 En vigor | BOE-A-2012-9364 | Leer | Qué cambió |
| 24 de marzo de 2007 | BOE-A-2007-6115 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2004 | BOE-A-2004-12010 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 1994 | Texto original | Leer |


