Legislación › Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Disposición transitoria cuarta. Aplicación paulatina del período mínimo de cotización para el acceso a la pensión de jubilación.
Disposición transitoria cuarta. Aplicación paulatina del período mínimo de cotización para el acceso a la pensión de jubilación.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo. BOE-A-2010-8228.
Se modifica por el art. 3.6 de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre. BOE-A-2007-20910.
Se añade el apartado 4 por el art. 4.2 de la Ley 24/1997, de 15 de julio. BOE-A-1997-15810.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de mayo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-8228 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | BOE-A-2007-20910 | Leer | Qué cambió |
| 5 de agosto de 1997 | BOE-A-1997-15810 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 1994 | Texto original | Leer |
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