LexTotal

Legislación › Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

SECCIÓN 4

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 1994 y la del 7 de noviembre de 1999. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Sección 5. 4. Lesiones permanentes no invalidantes

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de noviembre de 1999 En vigor BOE-A-1999-21568 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 1994 Texto original Leer

← Artículo 149 Índice Artículo 150 →