Legislación › Real Decreto-ley 8/1994 de 5 de agosto, de supresión de las Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana y su Consejo Superior como Corporaciones de derecho público y de regulación del régimen y destino de su patrimonio.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
(Derogada)
Se deroga, en relación con la disposición adicional única, por la disposición adicional 30 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. BOE-A-1997-28053.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1998 En vigor | BOE-A-1997-28053 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 1994 | Texto original | Leer |
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