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Legislación › Orden de 10 de agosto de 1994 por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Artículo 7. Publicación conjunta de concurso.

Artículo 7. Publicación conjunta de concurso.

1. La Dirección General de la Función Pública, en el mes de marzo de cada año, dispondrá la publicación conjunta de concurso ordinario, en el «Boletín Oficial del Estado» con inclusión de las bases comunes, y las específicas en extracto, de cada puesto. Asimismo incluirá en dicha publicación la relación individualizada de méritos generales a que se refiere el artículo 4 de la presente Orden.

2. En dicha publicación se salvarán, en su caso, los errores u omisiones padecidos en las publicaciones llevadas a efecto en los diarios oficiales de Comunidades Autónomas.

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