Legislación › Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad-«Mossos d'Esquadra».
Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera.
En su caso, las funciones del Cuerpo de «Mossos d’Esquadra» pueden ser ejercidas por funcionarios procedentes de la Administración del Estado que se integren en el citado Cuerpo, en las condiciones que se establecen en la legislación aplicable a los funcionarios de la Generalidad.
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