Legislación › Ley 5/1994, de 19 de julio, de supresión de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad.
Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera.
El Consejo de Gobierno promoverá campañas informativas y educativas, dirigidas a la población en general, y a la población infantil y juvenil en particular, para sensibilizarla sobre la problemática de las personas con limitaciones, a fin de fomentar su integración real en nuestra sociedad.
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