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Legislación › Ley 5/1994, de 19 de julio, de supresión de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad.

Disposición adicional séptima.

Disposición adicional séptima.

El Consejo de Gobierno instará a aquellas empresas que dispongan de transporte propio a garantizar la accesibilidad de sus trabajadores con limitaciones o movilidad reducida.

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