Legislación › Ley 5/1994, de 19 de julio, de supresión de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad.
Disposición adicional octava.
Disposición adicional octava.
El Consejo de Gobierno elaborará un Código de Accesibilidad que refundirá la totalidad de la normativa dictada en esta materia.
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