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Legislación › Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas.

Artículo 20. Tipos de gravamen y cuota tributaria.

Artículo 20. Tipos de gravamen y cuota tributaria.

1. Las cooperativas fiscalmente protegidas serán gravadas a los siguientes tipos:

1.º A la base liquidable correspondiente a los resultados cooperativos le será aplicable el tipo del 17 por 100.

2.º A la base liquidable correspondiente a los resultados extracooperativos le será aplicable el tipo general del Impuesto que proceda de los señalados en el artículo 51.1 de la Ley Foral 26/2016, del Impuesto sobre Sociedades.

2. A las restantes cooperativas les será de aplicación el tipo general del Impuesto que corresponda de los señalados en el artículo 51.1 de la Ley Foral 26/2016, del Impuesto sobre Sociedades.

3. La suma algebraica de las cantidades resultantes de aplicar a las bases liquidables, positivas o negativas, los tipos de gravamen a que se refieren los números anteriores tendrá la consideración de cuota íntegra cuando resulte positiva.

Se modifica, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2019, por el art. 7.3 de la Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre. BOE-A-2019-752

Se modifica el apartado 1.1º, con efectos para los periodos impositivos que se inicien el 1 de enero de 2016, por el art. 4.2 de la Ley Foral 23/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2016-573.

Se modifica por el art. 6.1.4 de la Ley Foral 18/2006, de 27 de diciembre. BOE-A-2007-2208.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2019-752 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2015 BOE-A-2016-573 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-2208 Leer Qué cambió
1 de enero de 1995 Texto original Leer

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