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Legislación › Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas.

Artículo 38. Beneficios fiscales.

Artículo 38. Beneficios fiscales.

Gozarán de los beneficios fiscales contemplados en el número 1 del artículo 27 que les sean apli­cables por su naturaleza y actividades.

Se modifica por el art. 9.2 de la Ley Foral 35/2003, de 30 de diciembre. BOE-A-2004-1077.

Se modifica por la disposición adicional de la Ley Foral 25/1994, de 29 de diciembre. BOE-A-1995-7062.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2004 En vigor BOE-A-2004-1077 Leer Qué cambió
1 de enero de 1995 BOE-A-1995-7062 Leer Qué cambió
1 de enero de 1995 Texto original Leer

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