Legislación › Ley 26/1994, de 29 de septiembre, por la que se regula la situación de segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía.
Artículo 4. Por razón de edad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2002 y la del 21 de septiembre de 2011.
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Artículo 4. Por razón de edad.
1. El pase a la situación de segunda actividad, en razón a lo señalado en el apartado a) del artículo anterior, se declarará de oficio al cumplirse las siguientes edades: (Derogado)
a) Escala Superior: sesenta y dos años.
b) Escala Ejecutiva: cincuenta y ocho años.
c) Escala Subinspección: cincuenta y ocho años.
d) Escala Básica: cincuenta y ocho años.
Quien en el momento de cumplir la edad, que determine su pase a la situación de segunda actividad, se hallase en situación administrativa distinta a la de servicio activo, continuará en la misma hasta que cesen las causas que la motivaron.
2. Los funcionarios que, habiendo superado las pruebas de acceso y estando realizando los cursos de capacitación para el ascenso a la Escala inmediata superior, cumplieran la edad de pase a la situación de segunda actividad podrán continuar en servicio activo, siempre que, de producirse el ascenso, la Escala a la que se asciende tenga fijada una edad superior para el pase a aquella situación. (Derogado)
3. El personal que, al cumplir la edad de pase a la situación de segunda actividad, no cuente en total con veinte años efectivos en las situaciones de servicio activo, servicios especiales o excedencia forzosa en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pasará a dicha situación, si bien las retribuciones económicas correspondientes a la misma sufrirán las reducciones que procedan, de acuerdo con lo que se establece en el apartado 2 del artículo 11 de esta Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de septiembre de 2011 En vigor | BOE-A-2011-14910 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | BOE-A-2001-24965 | Leer | Qué cambió |
| 20 de octubre de 1994 | Texto original | Leer |


