Legislación › Instrumento de Ratificación del Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir el fraude y la evasión fiscal y Protocolo anejo, firmado en Madrid el 24 de julio de 1992.
Artículo 29. Agentes diplomáticos y funcionarios consulares.
Artículo 29. Agentes diplomáticos y funcionarios consulares.
Las disposiciones del presente Convenio no afectan a los privilegios fiscales de que disfruten los agentes diplomáticos o funcionarios consulares, de acuerdo con los principios generales del Derecho Internacional o en virtud de acuerdos especiales.
Se renumera por el art. XVI del Protocolo de 17 de diciembre de 2015. BOE-A-2017-7905
Su anterior numeración era art. 27.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de septiembre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-7905 | Leer | Qué cambió |
| 6 de octubre de 1994 | Texto original | Leer |


