Legislación › Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995.
Artículo 46. Asunción por el Estado de Deuda del ente público Radiotelevisión Española.
Artículo 46. Asunción por el Estado de Deuda del ente público Radiotelevisión Española.
El Estado asumirá, con efectos de 1 de enero de 1995, la deuda del ente público Radiotelevisión Española por un importe de 90.693 millones de pesetas, en los términos que se indican en el anexo V de la Ley. Serán de cuenta del ente público RTVE los intereses corridos hasta la fecha de asunción.


