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Legislación › Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.

Artículo 27. Tasas por controles de sanidad exterior realizados a carnes y productos de origen animal de países no comunitarios.

Artículo 27. Tasas por controles de sanidad exterior realizados a carnes y productos de origen animal de países no comunitarios.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.11 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre. BOE-A-1996-29117

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1997 En vigor BOE-A-1996-29117 Leer Qué cambió
1 de enero de 1995 Texto original Leer

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