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Legislación › Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.

Artículo 36. Efectos en la relación laboral de las situaciones de incapacidad temporal e invalidez permanente.

Artículo 36. Efectos en la relación laboral de las situaciones de incapacidad temporal e invalidez permanente.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.l) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 29 de marzo. BOE-A-1995-7730

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 1995 En vigor BOE-A-1995-7730 Leer Qué cambió
1 de enero de 1995 Texto original Leer

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