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Legislación › Ley 1/1994, de 13 de enero, sobre creación del Instituto Canario de la Mujer.

Artículo 13.

Artículo 13.

El Instituto Canario de Igualdad someterá su régimen presupuestario a lo establecido en la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, a la Ley de Presupuestos de la Comunidad y a la normativa aplicable a los entes de naturaleza análoga en la Administración del Estado.

Se modifica por la disposición adicional 2 de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre. BOE-A-2014-11996

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de noviembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-11996 Leer Qué cambió
25 de enero de 1994 Texto original Leer

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