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Legislación › Ley 8/1993, de 1 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de régimen local.

Disposición derogatoria.

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo que se establece en la presente Ley, y en particular queda sin efecto el Decreto del Consejo General Interinsular, de 28 de junio de 1982, de Delegación de Competencias a los Consejos Insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de Administración Local, publicados en el «Boletín Oficial del Consejo General Interinsular de las Islas Baleares», número 30, de 20 de agosto.

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