Legislación › Ley 12/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales y asistencia social, correspondientes al Decreto del Consejo General Interinsular de 28 de junio de 1982.
Artículo 7. Medios materiales.
Artículo 7. Medios materiales.
1. Bienes inmuebles: Se traspasa al Consejo Insular de Mallorca el siguiente bien inmueble:
Nombre y uso: Nostra Senyora d'Uyalfas. Residencia-Club de Ancianos.
Localidad y dirección: Sa Pobla. Calle Isaac Peral, 19.
Situación jurídica: Propiedad del Patrimonio.
Observaciones: Existe escritura pública.
2. Bienes muebles: El inventario de los bienes muebles que se ponen a disposición de los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza y Formentera, se especificará en el acta de entrega que será formalizada por los Presidentes de los consejos insulares respectivos y el Consejero de Sanidad y Seguridad Social.


