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Legislación › Ley 12/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales y asistencia social, correspondientes al Decreto del Consejo General Interinsular de 28 de junio de 1982.

Disposición adicional primera. Comisiones paritarias.

Disposición adicional primera. Comisiones paritarias.

Se creará, por acuerdo entre el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el consejo insular correspondiente, una Comisión paritaria cuya misión será la de instrumentar el traspaso de medios y documentación que la presente Ley determina, así como la de garantizar que los expedientes en trámite sean resueltos en los plazos establecidos por la legislación vigente.

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