Legislación › Ley 2/1994, de 9 de marzo, del Procurador del Común de Castilla y León.
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
Hasta tanto el Procurador del Común disponga de medios personales y materiales específicos, el resto de los servicios de las Cortes de Castilla y León prestarán su colaboración para el desempeño de sus funciones.


