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Legislación › Ley 2/1994, de 9 de marzo, del Procurador del Común de Castilla y León.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

Hasta tanto el Procurador del Común disponga de medios personales y materiales específicos, el resto de los servicios de las Cortes de Castilla y León prestarán su colaboración para el desempeño de sus funciones.

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