Legislación › Ley 3/1994, de 14 de abril, por la que se adapta la legislación española en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria y se introducen otras modificaciones relativas al sistema financiero.
Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera.
Las hasta ahora entidades oficiales de crédito, «Banco de Crédito Local, Sociedad Anónima», «Banco Hipotecario de España, Sociedad Anónima», y «Banco de Crédito Agrícola, Sociedad Anónima», tendrán la naturaleza de bancos y les resultará aplicables el régimen general de los mismos.
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