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Ley 3/1994, de 14 de abril, por la que se adapta la legislación española en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria y se introducen otras modificaciones relativas al sistema financiero.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 15 de abril de 1994 · Último cambio el 28 de abril de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo primero. Por el que se adiciona un nuevo Título V a la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.
- Artículo segundo. Por el que se adiciona un nuevo Título VI a la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e Intervención de las Entidades de crédito.
- Artículo tercero. Por el que se modifican determinados preceptos de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.
- Artículo cuarto. Por el que se modifican determinados preceptos de la Ley de Ordenación Bancaria de 31 de diciembre de 1946.
- Artículo quinto. Se introducen las siguientes modificaciones en el Real Decreto legislativo 1298/1986, de 28 de junio, de adaptación del derecho vigente en materia de entidades de crédito al de las Comunidades Europeas.
- Disposición adicional primera. Establecimientos financieros de crédito. 4 redacciones · cambió el 28/04/2015
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta. 5 redacciones · cambió el 28/04/2015
- Disposición adicional sexta. 2 redacciones · cambió el 02/07/2011
- Disposición adicional séptima. 3 redacciones · cambió el 17/11/1998
- Disposición adicional octava. 2 redacciones · cambió el 30/12/2000
- Disposición adicional novena.
- Disposición adicional décima. 3 redacciones · cambió el 08/12/2007
- Disposición adicional undécima. Disolución del Consejo Superior Bancario.
- Disposición adicional duodécima.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Firma


