Legislación › Ley 3/1994, de 14 de abril, por la que se adapta la legislación española en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria y se introducen otras modificaciones relativas al sistema financiero.
Disposición adicional octava.
Disposición adicional octava.
(Derogada)
Se deroga por el art. 43.2.12 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre. BOE-A-2000-24357.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2001 En vigor | BOE-A-2000-24357 | Leer | Qué cambió |
| 16 de abril de 1994 | Texto original | Leer |
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