LexTotal

Legislación › Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre primas y financiación a la construcción naval.

Disposición final primera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 18 de octubre de 2003. Tachado: lo que se quitó (63 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final primera.
Las ayudas que contempla el presente Real Decreto serán de aplicación a las obras de construcciones cuyo contrato definitivo haya sido firmado a partir del 1 de enero de 1999, así como a las afectadas por la disposición transitoria única.
El período de vigencia del presente Real Decreto será el mismo que el del Reglamento (CE) número 1540/98, del Consejo, 29 de junio.
(Suprimida)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de octubre de 2003 En vigor BOE-A-2003-19154 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 BOE-A-1998-29123 Leer Qué cambió
23 de abril de 1994 Texto original Leer

← Disposición derogatoria única Índice Disposición final segunda →