Legislación › Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre primas y financiación a la construcción naval.
Disposición final primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 18 de octubre de 2003.
Tachado: lo que se quitó (63 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición final primera.
Las ayudas que contempla el presente Real Decreto serán de aplicación a las obras de construcciones cuyo contrato definitivo haya sido firmado a partir del 1 de enero de 1999, así como a las afectadas por la disposición transitoria única. (Suprimida)
El período de vigencia del presente Real Decreto será el mismo que el del Reglamento (CE) número 1540/98, del Consejo, 29 de junio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de octubre de 2003 En vigor | BOE-A-2003-19154 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | BOE-A-1998-29123 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 1994 | Texto original | Leer |
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