LexTotal

Legislación › Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre primas y financiación a la construcción naval.

Disposición final segunda. Disponibilidades presupuestarias y financieras.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 1994 y la del 12 de abril de 2013. Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final segunda. Disponibilidades presupuestarias y financieras.
La determinación de los porcentajes u otros parámetros a través de los cuales se concretan para cada período periodo las ayudas públicas, a las que se refieren los artículos 9 10 a 12 de este Real Decreto, real decreto, se realizará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y financieras previstas para cada ejercicio al que tales ayudas afectan. A este respecto, el Ministerio de Industria y Industria, Energía y Turismo requerirá informe previo del Ministerio de Economía Hacienda y Hacienda. Administraciones Públicas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de abril de 2013 En vigor BOE-A-2013-3809 Leer Qué cambió
23 de abril de 1994 Texto original Leer

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →