Legislación › Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre primas y financiación a la construcción naval.
Disposición final tercera. Desarrollo y aplicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 1994 y la del 12 de abril de 2013.
Tachado: lo que se quitó (42 palabras). Subrayado: lo que se añadió (16 palabras).
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Disposición final tercera. Desarrollo y aplicación.
Se faculta autoriza a los Ministros de Industria y Industria, Energía y Turismo, de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas y de Fomento para, en el ámbito de sus competencias, dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento y desarrollo y aplicación del presente Real Decreto, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 93.3 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. real decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de abril de 2013 En vigor | BOE-A-2013-3809 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 1994 | Texto original | Leer |
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