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Legislación › Ley 3/1994, de 29 de marzo, de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León.

Artículo 33. Comisión Interdepartamental.

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Artículo 33. Comisión Interdepartamental.
1. En el seno de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se constituirá una Comisión Interdepartamental en materia de drogas, presidida por el Consejero de Sanidad y Bienestar Social, y compuesta por representantes de los diferentes Departamentos relacionados con esta materia y por el Comisionado Regional para la Droga.
2. Sus características, composición, funciones y régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
(Suprimido).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de marzo de 2007 En vigor BOE-A-2007-7034 Leer Qué cambió
7 de abril de 1994 Texto original Leer

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