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Legislación › Ley 3/1994, de 29 de marzo, de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León.

Artículo 37. Órgano colegiado de carácter asesor y de participación en materia de drogodependencia.

Artículo 37. Órgano colegiado de carácter asesor y de participación en materia de drogodependencia.

1. En la Administración de la Comunidad de Castilla y León existirá un órgano colegiado de carácter asesor y de participación en materia de drogodependencia, adscrito a la consejería competente en esta materia.

2. Su composición, organización y funcionamiento se regularán reglamentariamente.

3. Ejercerá las funciones y competencias que se le atribuyan legal o reglamentariamente, así como las que se le encomienden o deleguen.

Se modifica por el art. 34.2 de la Ley 5/2014, de 11 de septiembre. BOE-A-2014-9959

Se modifica el apartado 2 y se añade el 3 por el art. único.23 de la Ley 3/2007, de 7 de marzo. BOE-A-2007-7034

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de septiembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-9959 Leer Qué cambió
15 de marzo de 2007 BOE-A-2007-7034 Leer Qué cambió
7 de abril de 1994 Texto original Leer

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