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Legislación › Ley 4/1995, de 21 de marzo, de creación de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

1. El asesoramiento en derecho y la defensa en juicio de los intereses propios de la Agencia corresponderá a los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.

2. La defensa de los derechos de los usuarios de la Agencia será ejercida por el personal de ésta.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOCM núm. 87, de 12 de abril de 1995. Ref. BOCM-m-1995-90254

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