Legislación › Ley 4/1995, de 21 de marzo, de creación de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos.
Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta.
De acuerdo a lo que se determine respecto a los requisitos para acceder a los puestos de trabajo, los funcionarios de la Comunidad de Madrid podrán integrarse en la Agencia en tal calidad o como personal laboral una vez concedida, en este caso, la excedencia voluntaria.
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