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Legislación › Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.

Artículo 78. Tipología de sanciones.

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Artículo 78. Tipología de sanciones.
Por la comisión de infracciones a la disciplina turística podrán imponerse las siguientes sanciones:
1. Apercibimiento.
2. Multa.
3. Suspensión temporal de actividades o del ejercicio profesional.
4. Revocación de las autorizaciones previas al ejercicio de actividades turísticas reglamentadas. la autorización turística.
5. Clausura definitiva del establecimiento.
6. Revocación de subvenciones o suspensión del derecho a obtenerlas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de enero de 2010 En vigor BOE-A-2010-4222 Leer Qué cambió
19 de julio de 1995 Texto original Leer

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