Legislación › Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación.
Artículo 30. Procedimiento sancionador.
Artículo 30. Procedimiento sancionador.
El procedimiento administrativo a seguir para la sanción de las infracciones previstas en la presente Ley será el determinado legal o reglamentariamente en el marco de los principios establecidos en la legislación de procedimiento administrativo común.


