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Legislación › Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación.

Disposición adicional cuarta.

Disposición adicional cuarta.

Los criterios contenidos en esta Ley para la eliminación de barreras serán tenidos en cuenta por las diferentes ordenaciones sectoriales.

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