LexTotal

Legislación › Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación.

Disposición final tercera.

Disposición final tercera.

Se autoriza al Gobierno de Canarias a dictar las normas de carácter reglamentario necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.

← Disposición final segunda Índice Disposición final cuarta →