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Legislación › Ley 1/1995, de 6 de abril, de Cámaras Agrarias de Castilla y León.

Artículo 16. Censo.

Artículo 16. Censo.

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 2/2017, de 4 de julio. BOE-A-2017-9778

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de julio de 2017 En vigor BOE-A-2017-9778 Leer Qué cambió
5 de septiembre de 1996 Texto original Leer

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