Legislación › Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Disposición adicional tercera. Títulos obtenidos en Escuelas Oficiales de Idiomas.
Disposición adicional tercera. Títulos obtenidos en Escuelas Oficiales de Idiomas.
Lo previsto en el presente Real Decreto será de aplicación a las titulaciones a que se refiere el Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre, en materia de enseñanzas de idiomas.
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