Legislación › Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Disposición transitoria primera. Títulos anteriores a la L.O.G.S.E.
Disposición transitoria primera. Títulos anteriores a la L.O.G.S.E.
La expedición de los títulos, diplomas y certificados correspondientes al sistema educativo anterior al establecido por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, seguirá rigiéndose por el Real Decreto 1564/1982, de 18 de junio, y por sus normas complementarias, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional tercera del presente Real Decreto.
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición transitoria segunda →


